La única forma de eliminar el estado y construir libertad


Original Article by Curt Doolittle: http://www.propertarianism.com/2015/04/23/the-only-means-of-eliminating-the-state-and-constructing-liberty/

Translation by Alberto R. Zambrano U.

[L]a única forma de eliminar al estado, es eliminar la existencia de demanda para que éste exista. Para eliminar al estado, debemos primero construir instituciones que provean los servicios estatales sin el aprovechamiento injusto endémico e inherente a la función estatal.

El estado provee sólo estos servicios:

  1. La asignación o reparto de la propiedad y de los derechos de propiedad y sus medios de transferencia.
  2. Medios para resolver todas las diferencias que lleven a conflictos.
  3. Medios para construir y proteger bienes comunes del aprovechamiento injusto.
  4. Medios para la exclusión de asignaciones competitivas, medios de resolución y medios de construcción.

Los únicas formas de proveer estos servicios sin la existencia del estado, es construir instituciones que no requieran de la figura estatal.

  1. La ley del no parasitismo positivamente expresada como “propiedad en todo”, el derecho consuetudinario orgánico, un sistema judicial profesional independiente, EN VEZ de una burocracia profesional independiente- por ejemplo: la cuarta ola.
  2. Un mercado de bienes que consista en casas de bienes e intereses en las cuales los contratos que no sean monopolios son negociados para la creación de bienes.
  3. Una milicia universal (o cuasi universal), cuidadores, de emergencia y rescate, para poder participar en el mercado de bienes- la participación debe ser ganada, incluso para proteger a la milicia de los males del parasitismo.

Un estado burocrático entonces, es evidencia del fracaso de construir instituciones necesarias para la provisión de servicios que permitan a grupos competir contra otros.-

[F]ukuyama no ha identificado la alternativa a la socialdemocracia ni ha identificado la naturaleza transitoria del monopolio institucional como entidades necesarias para la construcciones de bienes previos al desarrollo de un mercado competitivo para la provisión de esos bienes. El fracasó en dar con la diferencia entre investigación y desarrollo de costosas instituciones de bienes., y la conversión de esas instituciones monopolistas en instituciones no-monopolistas que excluyen a las otras instituciones con las que tengan conflictos, toda vez que dichas instituciones compitan en la provisión efectiva de servicios.

El fin la historia es bastante distinto a lo que Fukuyama imaginó y lo que la academia (como una forma de iglesia con fines de lucro) evoca y desea. Hay una alternativa a los gobiernos monopolistas, si no una alternativa al monopolio de los derechos de propiedad articulada como “propiedad en todo”. Fukuyama es un producto de la academia y la historia a pesar de sus intereses intelectuales honestos- porque Fukuyama no es un producto de la economía y la ley: economía política, él es perdonable así como lo son también los estudiantes de la historia, de mirar hacia atrás, contemplando otros patrones distintos sin el entendimiento de las propiedades causales de la cooperación humana y la necesidad de cada vez mayores y más complejos métodos de cálculo.

[C]omo defensores de la libertad, es nuestra función, nuestra misión el proveer soluciones superiores al problema de la cooperación a una escala que podamos llamar “gubernamental”, por la invención, defensa, demanda, y rebelión en búsqueda de instituciones formales que prohiban la tiranía y preserven nuestra tasa occidental de innovación, al prohibir todo parasitismo (aprovechamiento injusto) en cualquier momento.

  1. El el requerimiento universal de la productividad es el anverso de la prohibición de parasitismo.
  2. La institucionalización de esa regla como derechos de propiedad que abarquen la “propiedad en todo”.
  3. El derecho consuetudinario orgánico, un sistema judicial profesional independiente, jurado, decir la verdad, restitución, castigo y exclusión (encarcelamiento).
  4. La familia nuclear (y quizá no la nuclear absoluta) es el primer bien en el cual la competencia de género se resuelva fuera de la producción de otros bienes.
  5. Un monarca hereditario (jefe de estado) con poder de veto, pero sin poder positivo.
  6. Un set de cámaras que representen a las distintas clases, pobladas por selección aleatoria, quienes actúan como jurados, en la selección de contratos propuestos para duración anual, y con prohibiciones específicas de la construcción legal.
  7. La inclusión de bienes informativos en derechos de propiedad y por ende (a) el requerimiento de tener un discurso honesto de derechos propietarios y científicos en la materia de bienes. (b) la necesidad de un lenguaje operativo. (c ) la prohibición de la transferencia del compromiso y (e) la responsabilidad de los jurados (representantes y votantes) por sus acciones de parte de otros.

La única defensa es el requerimiento de producción, el derecho consuetudinario, el jurado, la verdad, la universalidad, la responsabilidad universal, y los mercados competitivos. Esto produce la menor cantidad de oportunidades para aprovechamiento injusto y la privatización de todas la fuerzas en un mercado de producción de bienes y servicios necesarios para poder sobrevivir y reproducirnos.

El aseguramiento contra el error y el fracaso y el límite de tener un niño a aquellos incapaces de reproducirse solventa el problema de la caridad sin el problema de la eugenesia inmoral.

 

Curt Doolittle

Kiev, Ucrania
Instituto Propietarista


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